Se autoriza y aprueba los Contratos de Préstamo suscritos entre el Gobierno de Bolivia y la Kreditanstalt fur Wiederaufbau de acuerdo al siguiente detalle.
Contrato de Préstamo suscrito en fecha 29 de septiembre de 1986 por DM. 15.000.000.- Ayuda en Mercancías I, con destino a la importación de maquinaria, equipos y materiales de
reposición por la Corporación Minera de Bolivia.
Contrato de Préstamo suscrito en fecha 29 de septiembre de 1986 por DM. 19.000.000.- Ayuda en Mercancías II, destino a la importación de maquinaria y equipos para el Servicio Nacional
de Caminos SNC, Empresa Nacional de Ferrocarriles ENFE, Empresa Nacional de Fundiciones ENAF. Empresa Nacional de Electricidad ENDE, Lloyd Aéreo Boliviano LAB y la pequeña industria así como
artesanía.
Contrato de Préstamo suscrito en fecha 29 de octubre de 1986 por DM 4.500.000.- Saneamiento Básico de Oruro a ejecutarse por el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.
ARTICULO SEGUNDO.-
Elévase a rango de Ley de la República el Decreto Supremo 21539 de fecha 4 de marzo de 1987 referido a los Contratos de Préstamo antes mencionados.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. H. Ciro Humbolt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Jaime Villegas Durán.- SENADOR SECRETARIO.-
H. Alfredo Cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Farra Aquim.- DIPUTADO SECRETARIO.-
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Juan L. Cariaga.- Ministro de Finanzas.-