Apruébase el Contrato de Préstamo suscrito entre el Gobierno de la República de Bolivia y la corporación Andina de Fomento, por la suma de $us. 16.700.000 (DIECISÉIS MILLONES
SETECIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), con destino a la ejecución de los proyectos "Ampliación de la Planta de Gas de Vuelta Grande y San Roque".
ARTICULO 2º.-
Elévase a rango de ley de la República el decreto supremo Nº 21605, de 13 de mayo de 1987, referido al merituado Contrato de Préstamo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. H. Ciro Humbolt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Alfredo cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.-
Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Ulises Hurtado Cuéllar.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.- DIPUTADO SECRETARIO.-
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Dr. Fernando Illanes de la Riva.- Ministro de Energía e Hidrocarburos.- Lic. Ramiro Cabezas Masses.- Ministro de Finanzas a.i.-