El Poder Ejecutivo, mediante sus organismos comptentes, tomará a su cargo los estudios de factibilidad, diseño final y construcción, tanto del camino carretero Villa Bella-Neva Esperanza
(zona de Araras), en los departamento del Beni y Pando, como de un aeropuerto en Nueva Esperanza, sobre la base de los estudios efectuados por la Administración Autónoma de Servicios Auxiliares a
la Navegación Aérea (HAZAÑA).
ARTICULO 2º.-
Se autoriza al Poder Ejecutivo a financiar ambos proyectos a través de recursos nacionales o extranjeros.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidos días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. H. Ciro Humbolt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Jaime Villegas Duran.- SENADOR SECRETARIO.-
Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Ulises Hurtado Cuellar.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Gonzalo Simbrón García.- DIPUTADO SECRETARIO.-
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Lic. Ramiro Cabezas Masses.- Ministro de Finanzas a.i..- Ing. Andrés Petrecevic Raznatovic.- Ministro de Transportes y Comunicaciones.