Ley 920 1985-1989 Descarga el documento LEY N 920 LEY DE 11 DE FEBRERO DE 1987 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON TOCOPILLA CANTUYO. Créase en la provincia Pacajes , La Paz. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO 1. - Créase el cantón Tocopilla Cantuyo, jurisdicción de la provincia Pacajes del departamento de La Paz, con los siguientes limites: al norte con la provincia Ingavi; al sur, con la cuarta sección de la provincia Pacajes, con su capital Comanche; al este, con la provincia Ingavi; y, al oeste, con la segunda sección de la provincia Pacajes, con su capital Caquiaviri. ARTICULO 2. - El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6 del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones del cantón Tocopilla Cantuyo, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional La Paz, 29 de enero de 1987. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Durán, Senador Secretario.- H. Alfredo Cuellar Vargas, Senador Secretario.- H. Walter Humberto Zuleta R., Diputado Secretario, .- H. Gonzalo Simbrón García Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y siete años. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Barthelemy Martínez, Ministro del Interior, Migración y Justicia