Ley 908 1985-1989 Descarga el documento LEY N 908 LEY DE 19 DE DICIEMBRE DE 1986 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POTOSI. Se transfiere terrenos de la Prefectura a favor de varias instituciones. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO 1. - De conformidad con el inciso 7 del artículo 59 de la Constitución Política del Estado, se autoriza la transferencia de terrenos de la Prefectura del Departamento, Sindicato de trabajadores en Radio y Televisión, Federación de Fabriles, Instituto Boliviano de la Ceguera, Asociación de Peinadores y Ramas Anexas, Servicio Departamental de Reforma Agraria, Centro de Desarrollo Forestal, Fiscalía del Distrito y Jefatura del Trabajo, con destino a sus afiliados para la construcción de viviendas de interés social, conforme a las resoluciones de la Junta Departamental de Almoneda: Nos. 3/ 78, 18/ 80, 7/ 79, 6/ 79, 8/ 79 y 9/79. ARTICULO 2. - Las extensiones y colindancias de los correspondientes lotes, se regirán por las resoluciones anteriormente indicadas y por el plano general de urbanización, levantando por el Consejo del Plan Regulador de la ciudad de Potosí. ARTICULO 3. - Los bienes inmuebles con que son beneficiados los adjudicatarios, no podrán enajenados a título alguno, durante el periodo de diez años. ARTICULO 4. - Quedan derogadas las disposiciones contrarias a la presente Ley. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis años. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Durán, Senador Secretario.- H. Alfredo Cuellar Vargas, Senador Secretario.- H. Hedím Céspedes Cossio, Diputado Secretario.- H. Walter Humberto Zuleta R., Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis años. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Barthelemy Martínez, Ministro del Interior, Migración y Justicia