POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1ª.- Se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble pertenecientes a Heliodoro Antezana, situado en la
plaza principal de Arque, capital de la provincia del mismo nombre, con destino al local escolar de aquella población.
ARTICULO 2ª.- La AlcaldÃa Municipal de Arque organizará el proceso respectivo para que el pago se impute al presupuesto del Ministerio de Educación de
1961.
ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 23 de diciembre  de 1960.
Fdo. Mario Tórrez C., Presidente del H. Senado Nacional; Ernesto .Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Alberto Lavadenz , Senador
Secretario;  Ciro Humboldt Barrero, Senador Secretario;  Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Jaime Arellano C., Diputado Secretario.
POR TANTO:  La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República..
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los cinco dÃas del mes de enero de mil novecientos sesenta y un años.