. Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo 16811, de 17 de julio de 1979, por el que se ratifica el Tratado de Cooperación Amazónica suscrito en la ciudad de Brasilia ? Brasil el 3 de
julio de 1978 por los gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Suriname y Venezuela.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis años.
H.OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. ? H. Luis Añez Alvarez. Senador Secretario.- H.
Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.- H. Alvaro Pérez del Castillo. Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimeni. Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO.
Presidente Constitucional de la República.- Guillermo Bedregal Gutiérrez. Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.