. De conformidad con el artículo 59, inciso 12 de la Constitución Política del Estado, elévase a rango de ley el Decreto Supremo No 15498, de 26 de mayo de 1978, por el que se ratifica
el convenio para el establecimiento de una zona franca para la República de Bolivia en el Puerto de Rosario, suscrito con la República Argentina, el 4 de junio de 1969, así como su Protocolo
Modificatorio de 16 de marzo de 1976.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis años. Sala de Sesiones del H. Congreso
Nacional.
H.OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. ? H. Luis Añez Alvarez. Senador Secretario.- H.
Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.- H. Alvaro Pérez del Castillo. Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimeni. Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO.
Presidente Constitucional de la República.- Guillermo Bedregal Gutiérrez. Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.