. Declárase de necesidad nacional y utilidad pública la reparación, mejoramiento y ripiado del camino Trinidad Sachojere-Somopae y Sachojere-Loreto-Camiaco, con ramal a San Andrés, en
las provincias Cercado y Marbán del Departamento del Beni.
ARTICULO SEGUNDO.
El Poder Ejecutivo asignará en el Presupuesto General de la Nación los recursos necesarios para que el Servicio Nacional de Caminos ejecute el mejoramiento y ripiado del camino ya
existente y la construcción del tramo Loreto-Camiaco.
ARTICULO TERCERO.
Autorízase al Poder Ejecutivo contratar los empréstitos interos qie permitan financiar el costo de mejoramiento y la construcción (20 Km.) que se menciona en los artículos
precedentes.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, diciembre 4 de 1985
H.OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. ? H. Luis Pelaez Rioja. Senador Secretario.- H.
Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.- H. Agustín Ameller Gatica. Diputado Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani. Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO.
Presidente Constitucional de la República.- Ing. Andrés Petricevic Raznatovic. Ministro de Transporte y Comunicaciones. Juan L. Cariaga. Ministro de Finanzas.