. Créase la Cuarta Sección Municipal con su Capital Palos Blancos en la Jurisdicción de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, con los siguientes límites: al norte con el
cantón Santa Ana de Alto Beni; al sur, con el Cantón de San Miguel de Huachi; al este, con el cantón Carrasco Provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz; y, al oeste, con el cantón San Borja
Provincia Ballivían Departamento del Beni.
ARTICULO SEGUNDO.
El Instituto Geográfico Militar de conformidad con el Artículo 6º el Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, delimitará la Cuarta Sección Municipal fijando los hitos
correspondientes.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
H.OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. ? H. Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.-
H. Luis Pelaez Rioja. Senador Secretario.- H. Agustín Ameller Gatica. Diputado Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani. Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los siete días del mes de Febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO.
Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Barthelemy Martínez. Ministro de Interior, Migración y Justicia.