. Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional, vender el buque Libertador Simón Bolívar, en pública subasta, cumpliendo el procedimiento establecido por ley, debiendo el producto de la
venta depositarse en el Tesoro General de la Nación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
H. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. ? H. Luis Añez Alvarez. Senador Secretario.- H.
Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.- H. Jorge Kohler Salas. Diputado Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani. Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO.
Presidente Constitucional de la República.- Guillermo Rivera Tejada. Ministro Secretario General de la Presidencia de la República.- Lic. Roberto Gisbert Bermúdez. Ministro de Finanzas.-
Dr. Luis Fernando Valle Quevedo. Ministro de Defensa Nacional.