. Autorizar a la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, la transferencia gratuita efectuada a favor del Ministerio de Educación y Cultura, del lote de terreno de 3.000.- metros cuadrados de
extensión superficial ubicado en la zona de Huayra Khasa, manzana Nº 351, fracción A, de la indicada ciudad con destino a la construcción de una unidad escolar.
ARTICULO SEGUNDO. Se concede al Ministerio de Educación y Cultura el plazo de dos años para que se proceda a la construcción de la referida unidad escolar, caso
contrario dichos terrenos serán revertidos a favor de la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
H. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. ? H. Jaime Villegas Durán.- H. Guillermo
Ritcher Ascimasi.- H. Luis Pelaez Rioja.- H. Agustín Ameller Gatica.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO.
Presidente Constitucional de la República.- Guillermo Riveros Tejada, Enrique Ipiña Melgar.