Proclámase Presidente Constitucional de la República al ciudadano Víctor Paz Estenssoro y Vicepresidente Constitucional de la República al ciudadano Doctor Julio Gárret Aillón,
elegidos en la sesión del H. Congreso Nacional del día 4 de agosto de 1985, por el período constitucional del 6 de agosto de 1985 al 6 de agosto de 1989 de acuerdo a los artículos 90, 87 y 91 de
la Constitución Política del Estado.
ARTICULO SEGUNDO.- El juramento de ley y la solemne investidura de los ciudadanos proclamados, se efectuará en la sesión del H. Congreso Nacional del día 6 de
agosto de 1985, con el ceremonial de estilo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco años.
H. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. ? H. Luis Añez Alvarez.- H. Luis Pelaez Rioja.-
H. Alvaro Pérez del Castillo.- H. Jorge Kohler Salas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco años.