Ley 759 1982-1985 Descarga el documento LEY N 759 LEY DE 30 DE ABRIL DE 1985 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA PAZ.- Se autoriza a AASANA a gestionar el financiamiento necesario para la ampliación y modernización del actual. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO 1.- Autorízase a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea, AASANA, a iniciar de inmediato las gestiones y trámites tendentes a obtener el financiamiento necesario para el estudio, proyecto y ejecución del mejoramiento, ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional de la ciudad de La Paz (El Alto). ARTICULO 2.- Los Ministerios de Aeronáutica, de Planeamiento y Coordinación, de Finanzas y el Banco Central de Bolivia, deberán prestar todo su apoyo y cooperación a AASANA a los fines del cumplimiento de la gestión prevista en el artículo anterior. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 12 de abril de 1985. Fdo. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Luis Pelaez Rioja, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Duran, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Gral. Brig. Aé. Antonio Arnez Camacho, Ministro de Aeronáutica.- Lic. Francisco Belmonte Cortéz, Ministro de Finanzas.- Lic. Freddy Justiniano Flores, Ministro de Planeamiento y Coordinación.