Ley 721 1982-1985 Descarga el documento LEY N 721 LEY DE 20 DE FEBRERO DE 1985 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONVENIO CON LA REPUBLICA SOCIALISTA FEDERATIVA DE YUGOSLAVIA.- Se aprueba el Consular suscrito el 21 de mayo de 1962. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el Convenio Consular suscrito por la República de Bolivia y la República Popular Federativa de Yugoslavia en fecha 21 de mayo de 1962. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones del H. Senado Nacional, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cinco años. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cinco años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Edgar Camacho Omiste, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.