Ley 72 1960-1964 Descarga el documento ELEVASE A RANGO DE LEY DECRETO SOBRE GASTRONOMICOS LEY DE 5 DE ENERO DE 1961 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Elevase a rango de ley el decreto supremo No. 03374-2 de 30 de abril de 1953. ARTICULO 2ª.- El salario mÃnimo para los trabajadores gastronómicos, a que se refieren los artÃculos 5ª y 6ª del citado decreto, serán fijados mediante acuerdos directos entre patrones y trabajadores e intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber quedado superados los mÃnimos que se establecen en la merituada disposición. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 28 de noviembre   de 1960. Fdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humboltd, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario;   Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Mario Roncal Antezana, Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los cinco dÃas del mes de enero   de mil novecientos sesenta y un años.