Ley 714 1982-1985 Descarga el documento LEY N 714 LEY DE 10 DE FEBRERO DE 1985 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA ASOCIACION DE CONJUNTOS DEL FOLKLORE - ORURO.- Declarando de necesidad pública la expropiación del inmueble ubicado en la calle Pagador, de propiedad de la ex fábrica Nutrix, con destino a la construcción de un complejo folklórico y sede social. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Se declara de necesidad y utilidad públicas, la expropiación del inmueble ubicado en la calle Pagador, entre Aldana y Murguia de la ciudad de Oruro, de propiedad de la ex - fábrica de fideos Nutrix, con destino a la construcción de un complejo folklórico y una sede social para la Asociación de Conjuntos del Folklore - Oruro. ARTICULO SEGUNDO.- El pago del valor del inmueble a expropiarse, será efectuado por la Asociación de Conjuntos del Folklore. ARTICULO TERCERO.- Encomiéndase a la Prefectura del Departamento de Oruro el trámite legal de expropiación, con arreglo a lo dispuesto por el decreto supremo de 4 de abril de 1879, elevando a rango de ley el 30 de diciembre de 1884, y otras disposiciones en vigencia. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones del H. Senado Nacional, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cinco años. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Luis Pelaez Rioja, Senador Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cinco años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.