Ley 70 1960-1964 Descarga el documento ALCALDÍA DE CAPINOTA.- EMPRÉSTITO DE Bs. 500.000.000.- LEY DE 31 DE DICIEMBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Autorizase a la Alcaldía Municipal de la provincia Capinota del departamento de Cochabamba, contratar un empréstito de quinientos millones de bolivianos (Bs. 500.000.000.-) con la garantía de los ingresos con que cuenta el Tesoro Municipal, en cualesquier institución de crédito nacional o extranjera. ARTICULO 2ª.- Dichos recursos se destinarán a la renovación del motor eléctrico y a la ampliación de la red de aguas potables. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 21 de diciembre de 1960. Fdo. Rubén Julio C, Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena, Senador Secretario; Ciro Humboltd, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Armando Mollinedo B., Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta años.