Ley 671 1984 Descarga el documento LEY N 671 LEY DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1984 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONTRATO DE PRESTAMO Y CONVENIO DE COOPERACION.- Se aprueban los suscritos con el BID para la ejecución de la segunda etapa del Programa Global de Preinversión. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO.- Se aprueban el contrato de préstamo BID-733-SF/80 y el Convenio de Cooperación Técnica ATN/SF-2349-80, por $us. 11.300.000.- y $us. 1.000.000.-, respectivamente, suscritos en Punta del Este, República Oriental del Uruguay el 27 de marzo de 1984, entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Gobierno de Bolivia para la ejecución de la Segunda Etapa del Programa Global de Preinversión a cargo del Instituto Nacional de Preinversión. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Gualberto Mercado Rodríguez, Ministro de Finanzas.