Ley 642 1982-1985 Descarga el documento LEY N 642 LEY DE 3 DE OCTUBRE DE 1984 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON TUNUPA.- Créase en la provincia Carangas, Oruro. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Créase el cantón TUNUPA en la Provincia Carangas del Departamento de Oruro. Sus límites son al Norte con la comunidad Pampa-parco del cantón Huayllamarca, al Sud con el cantón Chuquichambi, al Este con la provincia Aroma del Departamento de La Paz, al Oeste con el cantón Huayllamarca. ARTICULO SEGUNDO.- De conformidad al Art. 6 del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, se hará cargo la correspondiente delimitación. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los diez y ocho días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro años. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior Migración y Justicia.