Ley 641 1982-1985 Descarga el documento LEY N 641 LEY DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1984 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA SECCION MUNICIPAL 3a.- Créase en la provincia Ñuflo de Chávez, Santa Cruz, capital ASCENSION DE GUARAYOS. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Créase la Tercera Sección Municipal de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz, con su capital Ascensión de Guarayos, comprendiendo bajo su jurisdicción las poblaciones: Pueblo de Yaguarú, pueblo de Urubichá, Misión Monseñor Gregorio Salvatierra, pueblo de San Pablo, Santa María o Nueva Esperanza, pueblo de Yotaú, cantón el Puente; limitando: al norte, con el departamento del Beni; al sur, con la provincia Warnes y el cantón San Ramón; al este, con los cantones Concepción y San Javier; y, al oeste, con la provincia Sarah y el departamento del Beni. ARTICULO SEGUNDO.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6 del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones correspondientes y fijar los hitos respectivos. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro años. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte y siete días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior Migración y Justicia.