Ley 622 1982-1985 Descarga el documento LEY N 622 LEY DE 30 DE MARZO DE 1984 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON PEDRO DOMINGO MURILLO.- Créase en la provincia Gualberto Villarroel, La Paz. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón PEDRO DOMINGO MURILLO, PROVINCIA GUALBERTO VILLARROEL DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, cuyos límites son: al Norte VILLA MANQUIRI, al Sud CANTON JANKO MARCA, al Este CANTON MAXIMILIANO PAREDES y al Oeste con el CANTON SAN PEDRO DE CURAWARA con las comunidades 1) PEDRO DOMINGO MURILLO capital del Cantón, 2) VILLCANI, 3) ROMERO PAMPA, 4) APAZA, 5) VILLCA BLANCA 6) MAMANI, 7) CHOJÑA, 8) WAYWASY, 9) CONDORI, 10) PAMPA HUTA, 11) CAYLLAVITO. ARTICULO SEGUNDO.- De conformidad a lo dispuesto por el Art. 6 del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la delimitación correspondiente y fijar los hitos respectivos. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.