Ley 605 1982-1985 Descarga el documento LEY N 605 LEY DE 2 DE MARZO DE 1984 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA SEMAPA.- Se transfieren a su favor tierras en Arocagua, provincia Chapare, Cochabamba. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo N 12045 de 13 de diciembre de 1974, y se convalida la transferencia realizada por la H. Municipalidad de Cochabamba, en virtud de dicho decreto, a favor del Servicio Municipal de Aguas Potables y Alcantarillado (SEMAPA), de tierras de su pertenencia situada en la zona de Arocagua, Provincia Chapare del Departamento de Cochabamba. ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase a SEMAPA, transferir a título oneroso los citados terrenos a favor de la Cooperativa de vivienda de sus trabajadores en forma exclusiva, con destino a la construcción de viviendas de interés social. ARTICULO TERCERO.- El precio de venta será establecido con intervención de la H. Alcaldía de la ciudad de Cochabamba, la Fiscalía del Distrito y la Contraloría Departamental. ARTICULO CUARTO.- Los adjudicatarios acreditarán no poseer otro bien inmueble, con certificados de la oficina de Registro de Derechos Reales y no podrán enajenar a título alguno el bien que se adjudiquen durante el período de diez años. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinte días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro años. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Z., Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo, para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Arq. Fernando Guardia Butrón, Ministro de Urbanismo y Vivienda.