Ley 578 1982-1985 Descarga el documento LEY N 578 LEY DE 3 DE NOVIEMBRE DE 1983 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA ELECCIONES MUNICIPALES.- Convócase para el primer domingo de mayo, para conformar Consejos y Juntas Municipales. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Convócase a elecciones para conformar concejos y juntas municipales, en cumplimiento del Art. 200, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado, para el primer domingo de mayo de 1984. ARTICULO SEGUNDO.- Los miembros de los concejos y juntas municipales serán elegidos por sufragio popular mediante papeleta multicolor participación de mayoría y minorías. Los Alcaldes serán elegidos por los respectivos concejos y juntas municipales, de entre sus miembros y durarán en sus funciones dos años. ARTICULO TERCERO.- Los requisitos para la elección de concejales, la duración de sus funciones y demás normas inherentes al ejercicio de sus cargos se regirán por la Ley Orgánica de Municipalidades y las modificaciones que pudieran ser introducidas en la presente legislatura, en todo lo que no contraríe a la Constitución Política del Estado y a las disposiciones de la presente ley. ARTICULO CUARTO.- El Poder Ejecutivo asignará la partida presupuestaria respectiva destinada al verificativo de dichos comicios municipales e implementará su estricto cumplimiento y ejecución en coordinación con la Corte Nacional Electoral. Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación. Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veintiseis días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres años. Lic. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente del H. Congreso Nacional.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.