Ley 463 1966-1969 Descarga el documento ENCOMIENDASE A PROFESIONALES O EMPRESAS CONSULTORAS EL ESTUDIO QUE DEBERA EFECTUARSE DE FACTIBILIDAD TECNICO - ECONOMICA PARA OBTENER LA REGULACION DEL ESCURRIMIENTO DEL RIO PIRAY LEY DE 24 DE ENERO DE 1969 RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Efectuaráse un estudio de factibilidad técnico-económico para obtener la regularización del escurrimiento del rÃo Piray. ARTICULO 2ª.- El estudio de referencia deberá encomendarse a profesionales o empresas consultoras nacionales y de reconocida capacidad y experiencia en estos temas. ARTICULO 3ª.- Los fondos para financiar este estudio deberán obtenerse de los impuestos extraordinarios creados a raÃz de las inundaciones, cumpliéndose de esta manera uno de los fines para que fueron destinados. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 19 de diciembre de 1968. Fdo. Manfredo Kempff Mercado, Franz Ondarza Linares, Oscar OrtÃz Avaroma, Alberto Salcedo Pizarroso, Germán Vargas M., Iván Angulo Flores. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro dÃas del mes de enero de mil novecientos sesenta y nueve años.