Ley 46 1960-1964 Descarga el documento ELEVANSE A RANGO DE LEY DECRETOS SUPREMOS Nos. 05134, 05184 Y 05373, APROBANDO CUOTAS DEL PAIS EN EL FONDO. MONETARIO I. Y BANCO I DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO. LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO UNICO.- De acuerdo a la atribución 13 del artÃculo 58 de la Constitución PolÃtica del Estado, elevase a rango de ley los decretos Supremos Nª 05134 de 20 de enero de 1959; Nª 05184 de 18 de abril de 1959; y Nª 05373 de 22 de diciembre de 1959, aprobando las cuotas del paÃs, en calidad de miembro, en el Fondo Monetario Internacional de Reconstrucción y Fomento. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 28 de noviembre  de 1960. Fdo. Mario Torres C., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Alberto Lavadenz, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; Armando Mollinedo., Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los quince dÃas del mes de diciembre  de mil novecientos sesenta años