Ley 44 1960-1964 Descarga el documento CANTON SANTA ROSA.- CREASE EN CHALLANA. LA PAZ LEY DE 14 DE DICIEMBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Elevase a rango de cantón el poblado de Santa Rosa de la región de Challana de la provincia Larecaja del departamento de La Paz. ARTICULO 2ª.- Los lÃmites del cantón creado son : al Norte con el Guanay, al Sud con San Juan de Challana, al Este con el rÃo Coroico y al Oeste con el cantón Chacapa. ARTICULO 3ª.- El Instituto Geográfico Militar, hará el levantamiento del plano y fijará los hitos respectivos de conformidad al artÃculo 6ª del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 7 de diciembre de 1960. Fdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Alberto Lavadenz, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; Bruno Reintsch V., Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los catorce dÃas del mes de diciembre  de mil novecientos sesenta años