Ley 426 1968-1969 Descarga el documento AUTORIZA EL INGRESO DE TRES AVIONES DE CAZA T-37 Y UNO C-46 DE LAS FUERZAS PERUANAS, SIN ARMAS, AL TERRITORIO NACIONAL LEY DE 8 DE OCTUBRE DE 1968 GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO UNICO.- AutorÃzase el ingreso, sin armas al territorio nacional, de tres aviones de caza T-37 y uno de sostén C-46 con sus respectivas tripulaciones militares, pertencientes a la Fuerza Aérea Peruana, y que deben permanecer en Bolivia desde el 11 hasta el 15 de octubre del presente año, con objeto de entregar 2 aviones de entrenamiento cedidos a la FAV y sumarse a los actos conmemorativos del 45ª aniversario de la creación de la avición boliviana ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 4 de octubre de 1968 Fdo. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Seando Nacional; Oscar OrtÃz Avaroma, Senador Secretario; Germán Vargas MartÃnez, Diputado Secretario; Franz Ondarza Linares, Presidente de la Cámara de Diputados; Mario Olaguivel Cassón, Senadore Secretario; Iván Angulo Flores, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y ocho dÃas del mes de octubre de mil novecientos sesenta y ocho años.