Ley 406 1966-1969 Descarga el documento QUEDA SIN EFECTO EL SOBREPRECIO POR KWH QUE COBRA COMIBOL POR SUMINISTRO ELECTRICO AL COMITÉ DEPARTAMENTAL DE POTOSÍ. LEY DE 15 DE AGOSTO DE 1968 Dr. LUIS ADOLFO SILES SALINAS PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO.- Queda sin efecto el sobreprecio por K.W.H. que cobra COMIBOL, por suministro de energía eléctrica al Comité Departamental de Electricidad de la ciudad de Potosí, debiendo mantenerse la tarifa que regía al 31 de diciembre de 1965. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 13 de octubre de 1967. Fdo. Hugo Bozo Alcocer , Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario. Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artículo 78ª de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio Legislativo, en la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y ocho años.