Ley 398 1966-1969 Descarga el documento                                                                LEY Nº 398 LEY DE 9 DE MARZO DE 1968 Dr. LUIS ADOLFO SILES SALINAS PRESIDENTE DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Para la ejecución de las obras del Hospital ?Busch? de la capital Trinidad en el curso del año 1968, el Ministerio de Salud Pública deberá inscribir en su Presupuesto, por programas la suma de UN MILLON DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.000.000.-). ARTICULO SEGUNDO.- Para la reiniciación de trabajos del mencionado nosocomio, previamente el Ministerio de Salud Pública deberá convocar a propuestas, en base a planos y especificaciones técnicas existentes sobre la materia, a fin de adjudicar la obra a una Empresa de reconocida solvencia. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 28 de noviembre de 1967. Fdo. Hugo Bozo Alcocer , Presidente del H. Senado Nacional; Jorge RÃos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Mario Olaguivel Cassón Senador Secretario; Germán Vargas MartÃnez, Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario. Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artÃculo 78ª de la Constitución PolÃtica del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. En el Palacio Prefectural de la ciudad de Trinidad, capital del Departamento del Beni, a los nueve dÃas del mes de marzo, de mil novecientos sesenta y ocho años.