Ley 382 1966-1969 Descarga el documento SOBRE RATIFICACIÓN DE VARIOS CONVENIOS INTERNACIONALES LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 1967 LUIS ADOLFO SILES SALINAS PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA a.i Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Ratificase los siguientes convenios suscritos en 29 de marzo de 1958, en la ciudad de La Paz, por los Ministros de Relaciones Exteriores de Bolivia y de los Estados Unidos del Brasil. 1.- Convenio Comercial. 2.- Convenio de Comercio Interregional 3.- Convenio de Tráfico Fronterizo entre la República de los Estados Unidos del Brasil y la República de Bolivia. 4.- Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre la República de Bolivia y los Estados Unidos del Brasil. 5.- Convenio de Libre Tránsito entre la República de los Estados Unidos del Brasil y la República de Bolivia. 6.- Convenio para el establecimiento en Puerto de Belem de una Zona Franca para el depósito de mercaderÃas importadas y exportadas por Bolivia. 7.- Convenio para el establecimiento en la ciudad de Portho Velho de una Zona Franca para depósito de mercaderÃas importadas y exportadas por Bolivia. 8.- Convenio para el establecimiento en el puerto de Corumbá, de una Zona Franca para el depósito de mercaderÃas importadas y exportadas por Bolivia. 9.- Convenio para el establecimiento en el Puerto de Santos, de una Zona Franca para el depósito de mercaderÃas importadas y exportadas por Bolivia 10.- Convenio de Intercambio Cultural. ARTICULO SEGUNDO.- Apruébase el Protocolo Preliminar sobre Navegación Permanente de los rÃos bolivianos y brasileños del sistema fluvial del Amazonas, suscrito también el 29 de marzo de 1958. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 19 de diciembre de 1967. Fdo.- Hugo Bozo Alcocer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge RÃos Gamarra , Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; VÃctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas MartÃnez, Diputado Secretario; Conrado Peramás , Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve  dÃas del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y siete años.