Ley 343 1966-1969 Descarga el documento ELEVA A RANGO DE LEY LOS DD.LL. Nos. 07189 y 07260 DE 24-V-65 Y 2-VIII-65, REFERENTE A REGISTRO DE PROPIEDAD AGRARIA. LEY DE 26 DE OCTUBRE DE 1967 RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO UNICO.- Elevase a rango de Ley los Decretos Leyes números 07189 y 07260 de 24 de mayo de 1965 y 2 de agosto de 1965, respectivamente referentes al registro de la propiedad agraria y a la jurisdicción de sus tribunales. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional. La Paz, 21 de septiembre de 1967 Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional;  Jorge RÃos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Mario Olagivel MartÃnez, Senador Secretario; Germán Vargas Martinez , Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis dÃas del mes de octubre de mil novecientos sesenta y siete años.