Ley 341 1966-1969 Descarga el documento AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO SUSCRIBIR CONTRATOS DE PRESTAMOS Y GARANTIAS POR $us. 5.500.000.- OTORGADOS POR EL BID, A FAVOR DE CONAVI, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE INTERES SOCIAL. LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 1967 RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- De conformidad al artÃculo 59, atribución 5ª de la Constitución PolÃtica del Estado, autorÃzase al Poder Ejecutivo la contratación de un empréstito y la suscripción de los contratos de préstamo y garantÃa, pro la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS ($us. 5.500.00.-) otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo de acuerdo a la Resolución de su Directorio Ejecutivo No. 91/67, de 27 de julio de 1967, mediante la cual aprueba el préstamo No. 151/SF-BO a favor del Consejo Nacional de Vivienda (CONAVI), para la construcción de viviendas de interés social. ARTICULO 2ª.- El préstamo será amoritizado en el plazo de 30 años, a partir de la fecha del contrato con el interés del 2 ¼ % anual , más una comisión de servicio de ¾% por año y ½% anual de comisión de compromiso sobre saldos no desembolsados. ARTICULO 3ª.- El servicio de empréstito se efectuará con los montos recuperables de las inversiones realizadas, además con los fondos propios del Consejo Nacional de Vivienda y con la garantÃa del Banco Central de Bolivia. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional. La Paz, 23 de octubre   de 1967 Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional;  Jorge RÃos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Victor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martinez , Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco dÃas del mes de octubre de mil novecientos sesenta y siete años.