Ley 334 1966-1969

Descarga el documento

<table> <tr> <td> <p style="text-align:justify"><label><strong>AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO ADQUIRIR O CONSTRUIR DOS LOCALES ESCOLARES EN CUMPLIMIENTO A LOS PUNTOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL CONVENIO FIRMADO EL 2-VIII-67 ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACION Y LAS FEDERACIONES DE ESTUDIANTES DE SECUNDARIA Y MAESTROS URBANOS DE SANTA CRUZ.</strong></label> </p> <h4 class="c4"><label>LEY DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 1967</label> </h4> <p style="text-align:justify"><label><strong>RENE BARRIENTOS ORTUÑO</strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label>Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:</label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>EL CONGRESO NACIONAL,</strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>DECRETA:</strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>ARTICULO 1ª.-</strong> En ejercicio de la atribución 8ª del artículo 59 de la Constitución Política del Estado y con cargo al Fondo Nacional de Edificaciones Escolares, autorizase al Poder Ejecutivo la adquisición o construcción de dos locales escolares, dando ejecución a los puntos primero y segundo del convenio firmado el de 2 agosto de 1967 entre el Ministserio de Educación y las Federaciones de Estudiantes de Secundaria y Maestros Urbanos del departamento de Santa Cruz.</label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>ARTICULO 2ª.-</strong> Uno de los referidos inmuebles será destinado al funcionamiento del Colegio ?Gastón Guilleaux? y al Liceo ?Josefina Gotia? en la ciudad de Santa Cruz. El segundo local será para el Colegio Secundario de la ciudad de Montero, capital de la Provincia Santiesteban del citado Departamento.</label> </p> <p style="text-align:justify"><label>Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.</label> </p> <p style="text-align:justify"><label>Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional.</label> </p> <p style="text-align:justify"><label>La Paz,<span>  Â</span> 18 de septiembre<span> Â</span> de 1967</label> </p> <p style="text-align:justify"><label>Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra., Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Victor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martinez , Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario.</label> </p> <p style="text-align:justify"><label>Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.</label> </p> <p style="text-align:justify"><label>Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y siete años</label> </p> </td> </tr> </table>