Ley 333 1966-1969 Descarga el documento ELEVA A CATEGORÍA DE LEY EL D.S. No. 08004 DE 19-V-67, QUE CREA EL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO DEL NORESTE. LEY DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 1967 RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1º.- Elevase a categoría de Ley el Decreto Supremo No. 080004 de 19 de mayo de 1967, que crea el Consejo Nacional de Desarrollo del Noroeste, con las siguientes complementaciones: ARTICULO 2ª.- Amplíase la constsitución del Consejo con un asesor jurídico, un representante de la Corporación Boliviana de Fomento y un representante de las Juntas Vecinales. Todos los miembros del Consejo son responsables solidariamente de la inversión de fondos. ARTICULO 3ª.- La ejecución de las obras para el desarrollo se harámediante licitación pública conforme a disposicones legales en vigencia. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional. La Paz, 6 de septiembre de 1967 Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional; René Valdivieso G., Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Victor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martinez , Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y siete años