Ley 322 1966-1969 Descarga el documento CREA TERCERA SECCION MUNICIPAL DE LA PROVINCIA QUIJARRO DE POTOSÍ, CON CAPITAL PORCO LEY DE 27 DE ENERO DE 1967 RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Crease la tercera sección municipal de la provincia Quijarro del departamento de Potosí, con capital la localidad Porco, comprendiendo los cantones: Chaquilla, Karma, Condoriri y Churcuita. ARTICULO 2ª.- Los límites de dicha sección municipal, serán fijados por el Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el artículo 6ª del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional. La Paz, 14 de diciembre de 1966. Fdo. Edgar Jofré, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Tomás Guillermo Elío, Senador Secretario; Víctor Hoz de Vila, Diputado Secretario; Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos sesenta y siete años