Ley 298 1960-1964
ARTICULO 2ª.- La delimitación definitiva de la tercera sección municipal de referencia deberá efectuarla el Instituto Geográfico Militar con la exclusión indicada en el artÃculo primero de esta ley.
ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 19 de diciembre de 1963.
Fdo. José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; Juan Sanjinés Ovando,  Presidente de la Cámara de Diputados; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Carmelo Cuellar , Senador Secretario; Alfredo Aguirre B., Diputado Secretario; Edmundo Valdivia V., Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los quince dÃas del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro años.