Ley 294 1960-1964 Descarga el documento AUTORIZA AL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA, TRANSFERIR EL INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL HOSPITAL VIEDMA, SITUADO EN LA CALLE COLOMBIA No. 3884 DE COCHABAMBA, A FAVOR DE LA FEDERACIÓN MEDICA SINDICAL DE DICHA CIUDAD. LEY DE 14 DE ENERO DE 1964 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Se autoriza al Ministerio de Salud Pública, transferir, en calidad de venta, en su tasación pericial, el inmueble de propiedad del Hospital Viedma, situado en la calle Colombia No. 3884 de la ciudad de Cochabamba, a favor de la Federación Médica Sindical de dicho Departamento. ARTICULO 2º.- Los recursos económicos provenientes de la referida venta, serán destinados en su totalidad a los gastos que demanden la ampliación y mejoramiento de los servicios del mencionado nosocomio. ARTICULO 3ª.- El Director del Hospital , el Fiscal de Distrito y el Contralor Departamental suscribirán la correspondiente minuta de transferencia. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 18 de diciembre de 1963. Fdo. José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; Juan Sanjinés Ovando,  Presidente de la Cámara de Diputados; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Carmelo Cuellar , Senador Secretario; Alfredo Aguirre B., Diputado Secretario; Edmundo Valdivia V., Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los    catorce dÃas del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro años.