Ley 289 1960-1964 Descarga el documento AUTORIZA AL TESORO NACIONAL, PROCEDA AL DESCUENTO DE $b. 20 DE LA PLANILLA DE PAGO A SUBOFICIALES, CLASES, MÚSICOS Y SANITARIOS; DE SERVICIOS TÉCNICOS Y ASIMILADOS DEL SERVICIO ACTIVO Y JUBILADOS, CON DESTINO A LA CAJA DE AYUDA MUTUA Y ASISTENCIA SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE SUBOFICIALES, CLASES Y MÚSICOS DE LA NACIÓN. LEY DE 30 DE DICIEMBRE DE 1963 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Con destino a la caja de Ayuda Mutua y Asistencia Social de la Asociación Nacional de Suboficiales, Clases y Músicos de la Nación, autorizase al Tesoro Nacional proceda al descuento de VEINTE PESOS BOLIVIANOS, mensualmente, de las planillas de pago a suboficiales, clases, músicos y sanitarios de servicios técnicos y asimilados del Servicio activo y jubilados de las Fuerzas Armadas de la Nación. ARTICULO 2ª.- Lofondos descontados que señala el artÃculo 1ª de la presente ley, serán depositados en cuenta especial del Banco Central de Bolivia ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 6 de diciembre de 1963. Fdo. José Hugo Villar, Presidente del H. Senado Nacional; Juan Sanjinés Ovando,  Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Germán Claros C., Diputado Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treinta dÃas del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres  años.