Ley 2711 2003-2005 Descarga el documento APRUEBA EL CONVENIO MARCO DE CREDITO PREFERENCIAL SUSCRITO CON LA REPUBLICA POPULAR CHINA, POR 250.000.000.- YUANES, DESTINADOS A FINANCIAR LA ADQUISICION DE EQUIPOS Y MAQUINARIAS DESDE CHINA LEY N° 2711 LEY DE 28 DE MAYO DE 2004 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1°.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5a, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio Marco sobre el Crédito Preferencial que China otorga a Bolivia, suscrito entre la República de Bolivia y el Gobierno de la República Popular China, el 26 de febrero de 2004, en la ciudad de La Paz, por la suma no superior a DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE YUANES DE R.M.B., (250.000.000.- Yuanes), destinados a financiar la adquisición de equipos y maquinarias desde China. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de mayo de dos mil cuatro años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote.