Ley 2689 2003-2005 Descarga el documento AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO LA TRANSFERENCIA DEL BIEN INMUEBLE DEL SAN JOSE TENIS CLUB DE ORURO, DE PROPIEDAD DE LA COMIBOL, EN FAVOR DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ORURO LEY N° 2689 LEY DE 18 DE MAYO DE 2004 CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA:         ARTICULO UNICO.- De conformidad a lo establecido por el ArtÃculo 59°, atribución 7a, de la Constitución PolÃtica del Estado, autorizase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, la transferencia, a tÃtulo gratuito, del bien inmueble correspondiente al San José Tenis Club, con una extensión superficial de 9.588.73 m2, que constituye el edificio, las oficinas, canchas y otras dependencias, situado en la Avenida Sargento Flores de la Zona Norte de la ciudad de Oruro, de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia, en favor del Gobierno Municipal de Oruro, y con destino exclusivo al deporte. RemÃtase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintinueve dÃas del mes de abril de dos mil cuatro años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando RodrÃguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho dÃas del mes de mayo de dos mil cuatro años. FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote.