Ley 2677 2003-2005 Descarga el documento DECLARA HOSPITAL DE TERCER NIVEL AL HOSPITAL DE YACUIBA, PROVINCIA GRAN CHACO DE TARIJA LEY N° 2677 LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: El HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1°.- Declárase Hospital de Tercer Nivel, al Hospital de la ciudad de Yacuiba, Primera Sección de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija. ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud y Deportes y los Gobiernos Municipales de Yacuiba, Villamontes y Caraparí, quedan encargados del cumplimiento de la presente disposición y la gestión para el equipamiento y dotación de recursos humanos, de acuerdo a la nueva jerarquización del servicio que otorga ese nosocomio. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de abril de dos mil cuatro años. Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Osear Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Femando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Femando S. Antezana Aranibar.