Ley 2657 2004

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<h1 class="c1"><label>DECLARA DE PRIORIDAD REGIONAL, LA REALIZACION DE LA FERIA DEPARTAMENTAL DE LA PAPA EN LA COMUNIDAD DE SAN ANDRES DE LA PROVINCIA CERCADO DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY N° 2657 <strong>LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA</strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small><strong>Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small>Declárase de prioridad regional, la realización de la ?Feria Departamental de la Papa en la Comunidad de San Andrés de la Provincia Cercado del Departamento de Tarija?. <small>ARTICULO 2°.-</small></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label>El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, la Prefectura del departamento y el Gobierno Municipal de Tarija, quedan encargados de gestionar recursos económicos tanto nacionales como internacionales para lograr beneficios en la perspectiva del desarrollo de la región y el Departamento y fundamentalmente del campesino tarijeño. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de abril de dos mil cuatro años. Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional,, Osear Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Femando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Diego Montenegro Ernst.</strong></label> </p>