Ley 2637 2003-2004 Descarga el documento DECLARA DE PRIORIDAD NACIONAL LA CONSTRUCCION PAVIMENTADA DE LA CARRETERA ANCARAVI, TURCO, CRUCERO, COSAPA, CRUCE SAJAMA LEY N° 2637 LEY DE 5 DE MARZO DE 2004 CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1°.- Se declara de prioridad nacional la construcción pavimentada de la carretera Ancaravi, Turco, Crucero, Cosapa, Cruce Sajama. ARTICULO 2°.- Se declara como parte de la Red Caminera Fundamental del país la Carretera Ancaravi, Turco, Crucero, Cosapa, Cruce Sajama. ARTICULO 3°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo, busque financiamiento nacional e internacional para la construcción pavimentada de la carretera que forma parte de la Red Caminera Fundamental Ancaravi, Turco, Crucero, Cosapa, Cruce Sajama. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de dos mil cuatro años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Osear Arrien Sandóval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Femando Rodríguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de marzo de dos mil cuatro años. FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Urquidi Barrau.