Ley 2595 2003-2005
         ARTICULO 2°.- (Requisitos y procedimientos).La creación del Instituto Normal Superior en Pando, estará sujeta a la elaboración de un Proyecto Educativo Institucional y al cumplimiento de normas y Reglamentos de funcionamiento de Institutos Normales Superiores Públicos, establecidos por el Ministerio de Educación. RemÃtase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez dÃas del mes diciembre de dos mil tres años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Teodoro Valencia Espinoza, Fernando RodrÃguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio Consistorial de la ciudad de Cobija - Pando, a los dieciséis dÃas del mes dé diciembre de dos mil tres años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Donato Ayma Rojas. |