Ley 2586 2003-2005

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>DECLARA DE PRIORIDAD REGIONAL, LA CONSTRUCCION DE PUESTOS DE SALUDO EN BOLPEBRA, MONTEVIDEO</label> </h1> <strong><label><small>LEY N 2586 <strong>LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2003 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA</strong></small></label></strong> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <strong>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Declárase de prioridad regional, la construcción de puestos de salud en los siguientes sectores del Departamento de Pando: Bolpebra, Montevideo, Extrema y Fortaleza. <small>ARTICULO 2°.-</small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud y Deportes, la Prefectura del departamento y Municipios, deberán elaborar y ejecutar proyectos para la construcción de estos puestos. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes diciembre de dos mil tres años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Teodoro Valencia Espinoza, Fernando Rodríguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio Consistorial de la ciudad de Cobija - Pando, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil tres años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Fernando Antezana Aranibar.</strong></label></strong> </p> </td> </tr> </table>