Ley 2584 2003-2005

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>DECLARA AL DEPARTAMENTO DE PANDO, CENTRO NACIONAL DE LA BIODIVERSIDAD</label> </h1> <strong><label><small>LEY Nº 2584 <strong>LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2003 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA</strong></small></label></strong> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <strong>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Declárase al Departamento de Pando, Centro Nacional de la Biodiversidad. <strong>El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Sostenible, la Prefectura del Departamento de Pando y los Municipios, deberán ejecutar políticas destinadas a desarrollar programas de conservación de las potencialidades ecológicas con la cooperación internacional. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes diciembre de dos mil tres años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Teodoro Valencia Espinoza, Fernando Rodríguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio Consistorial de la ciudad de Cobija - Pando, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil tres años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Jorge Cortés Rodríguez.</strong></label></strong> </p> </td> </tr> </table>