Ley 2573 2003-2005

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>DECLARASE DE PRIORIDAD Y NECESIDAD REGIONAL, LA CONSTRUCCION DE UN PUENTE VEHICULAR SOBRE EL RIO TACARANI.</label> </h1> <strong><label><small>LEY Nº 2573 <strong>LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2003 CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong></small></label></strong> <p style="text-align:justify"><strong><label>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA: </strong></small></label></strong> </p> <strong><label><small>ARTICULO UNICO.-</small></label></strong> <p style="text-align:justify"><strong><label>Declárase de prioridad y necesidad regional, la construcción de un puente vehicular sobre el río Tacarani, que vincula el desarrollo - económico - social de los Departamentos de Potosí y Cochabamba, encárguese que este proyecto en su viabilización, gestión y financiamiento interno y externo se coordine y comparta con las Prefecturas. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes noviembre dedos mil tres años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil tres años. FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Urquidi Barrau.</strong></label></strong> </p> </td> </tr> </table>