Ley 2517 2003-2005 Descarga el documento DECLARA MONUMENTO NACIONAL, LA CASAA QUE FUE CUARTEL GENERAL DE MANUEL ASCENCIO PADILLA Y JUANA AZURDUY DE PADILLA, EN CHUQUISACA, PROVINCIA AZURDUY, MUNICIPIO DE TARVITA, COMUNIDAD DE EL SALTO LEY Nº 2517 LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2003 CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1°.- Declárase Monumento Nacional, la Casa que en otrora fue Cuartel General de Don. Manuel Ascencio Padilla y Dña. Juana Azurduy de Padilla, la misma que se encuentra ubicada en el Departamento de Chuquisaca, Provincia Azurduy, Municipio de Tarvita, Comunidad de El Salto, por lo que se dispone su conservación y preservación como patrimonio Histórico del departamento y el país. ARTICULO 2°.- Quedan a cargo del cumplimiento de la presente Ley, la Prefectura del Departamento de Chuquisaca y el Gobierno Municipal de Tarvita, conforme a sus atribuciones contenidas dentro de Ja Ley de Municipalidades. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de septiembre de dos mil tres años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco, Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes octubre de dos mil tres años. FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder Xavier Nogales Iturri, Roberto Barbery Anaya.