Ley 250 1960-1964 Descarga el documento CREA EL CANTON ARA, DE LA PROVINCIA NOR CHICHAS DEL DEPARTAMENTO DE POTOSÍ LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1963 FEDERICO FORTUN SANJINES PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Créase el cantón ARA, el que estará formado por las comarcas Ara, Yulo, Cactoj, Liruyuc, Orcola, Vásquez, Calla, Arana, Turuyoc, Totoca, Gira, del actual cantón Calcha de la Provincia Nor Chichas del departamento de Potosí. ARTICULO 2ª.- Los límites del cantón serán los de las comarcas que lo componen y su capital será el pueblo de ARA. ARTICULO 3ª.- El Instituto Geográfico Militar, hará la delimitación respectiva de conformidad con el artículo 6ª del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 30 de septiembre de 1963. Fdo. José H. Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; J. Sanjinés Ovando, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario; Jesús Suárez, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y tres años.